Después de mucho luchar y esperar, de nuevo la profesión del psicólogo es reconocida cómo profesión sanitaria. Lejos de conseguir un reconocimiento asequible, pero más próximos a un cambio que tiene más en cuenta ls necesidades de la sociedad, el Congreso aprobó el 22 de Septiembre este reconocimiento:
Fuente: Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos
El jueves 22 de septiembre (2011) se aprobó en el Congreso de los Diputados la enmienda a la Ley General de Salud Pública que añade una disposición adicional séptima sobre la regulación de la Psicología en el ámbito sanitario, por la cual se crea la profesión sanitaria generalista de psicólogo (denominada Psicólogo General Sanitario).
Desde el mismo momento en que la Ley sea publicada en el BOE , ésta entrará en vigor y la Psicología contará ya con dos tipos de profesionales sanitarios, los especialistas en Psicología Clínica y los Psicólogos Generales Sanitarios.
El texto reconoce legalmente al Psicólogo General Sanitario la condición de Profesional Sanitario y establece las competencias profesionales en el área de la salud reservadas específicamente este profesional. Regula, asimismo, las vías de acceso al ejercicio de la profesión, mediante la creación del Título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria, cuyos planes de estudio deberán ajustarse a las condiciones generales que establezca específicamente el Gobierno, y al que se accederá una vez adquirido el título de Grado en Psicología (que contará, igualmente, con unos planes de estudio que tendrán que ajustarse a las condiciones generales que establezca el Gobierno).
Por el momento, se prorroga durante tres años el procedimiento establecido en la disposición adicional sexta de la Ley de Economía Social, que posibilita que los psicólogos que acreditan cumplir unos requisitos específicos puedan realizar actividades sanitarias, inscribir sus consultas de Psicología como centros sanitarios e incorporarse como profesionales a la cartera de servicios de otros centros sanitarios como son, por ejemplo, los centros de reconocimiento de conductores.
El texto legislativo aprobado está disponible en:
http://www.infocoponline.es/pdf/enmiendadefinitiva.pdf
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